La objeción de conciencia se explica histórica y lógicamente, según cada autor, como una derivación de la libertad de conciencia, de creencias o de opinión, en todo caso, como una derivación del derecho fundamental a pensar libremente y actuar conforme al propio pensamiento. La libertad ideológica y religiosa, reflejada en el artículo 16.1 de la […]

Fuente: INTECCA Comunicación.